Los impuestos de sucesión de herederos es un tema de gran relevancia e importancia, sin importar en qué parte de España te encuentres y un gran número de persona no conoce la información vital sobre este tema.
¿Te gustaría saber qué y cómo hacerlo? Continúa leyendo hasta el final
Por suerte, nosotros hemos pensado en ello y te daremos los mejores datos y consejos de manera general sobre la liquidación de estos impuestos. Pero más importante aún, este artículo será de gran ayuda para aquellos que se han convertido en herederos y que no están residiendo en territorio español.
Cambios producidos tras la sentencia del TJUE de 2014
- Con todo lo que ha venido ocurriendo a lo largo de estos años con relación a los herederos, se ha vuelto cotidiano y muy normal realizar los trámites necesarios en función de los movimientos migratorios, el cambio de mentalidad y otros aspectos que existe en la gran comunidad española, siempre con ayuda de unos buenos Abogados Especialistas en Sucesiones.
- Todos estos cambios se han venido suscitando gracias a que el estado de muchas personas que se convierten en herederos no es la misma que la de hace una década. Hoy en día se puede ver a muchos herederos tratando de realizar y tramitar todos los procedimientos necesarios en zonas diferentes a las que estos residen.

- Comentamos esto porque se tiene entendido que los herederos en España tienen que pagar impuestos de sucesión y donación en relación a la provincia en la que residía la persona testera. Por lo que esto ha ido cambiando poco a poco.
- Gracias a una sentencia que dictó el Tribunal de Justicia de la Unión Europea el 3 de septiembre 2014, se realizaron algunos cambios en pro de abolir las diferencias que existen en cuanto a los herederos residentes y los no residentes pertenecientes a España.
- Resumiendo lo más que se puede siendo lo más explicativos posible, la sentencia dictada el 3 de septiembre de 2014 es que se establece que no haya una distinción en cuanto al trato diferente o que favorezca más a los herederos residentes en España.
- De igual forma, también explican que no debe existir una diferencia en cuanto a los impuestos que ambos tipos de herederos deben pagar. Esto también se utiliza para los bienes que se encuentran dentro y fuera del Estado.
- Lo que trata de establecer esta normativa es que no exista ninguna clase de discriminación a los no residentes de España que se convierten en herederos. Este trato tiene que ser igualitario y los impuestos a pagar tienen que poseer la misma cantidad, o por lo menos basarse en las mismas normativas que si se fuera un heredero residente de España.
Disposición adicional de la resolución
- Existe una segunda ley, la cual se conoce como la Disposición Adicional Segunda Ley. Esta específica que las normativas propias de España se tienen que adecuar a las directrices de Europa. Es decir, que dicha disposición albergará o alberga uno de los muchos supuesto que ocurre en el país.
- Esto se trata que si el fallecido ha tenido su residencia legal en alguna de las provincias de España y al mismo tiempo es el titular de los bienes que se encuentra en dicho país, este podrá otorgar parte o todos sus bienes una persona que no resida en España.
- Esto quiere decir que ya no es obligatorio ser residente de España para poder convertirse en heredero y así poder pagar los respectivos impuestos de sucesión y donación correspondiente.
- Toda persona que se haya identificado como heredero y resida fuera de España, podrá aceptar la herencia de un residente Español. Todo lo que este deberá hacer será liquidar los tributos en función de las normativas españolas.
- Existe otro punto muy importante a conocer y es que aquella persona que se ha convertido en heredero y sea residente de EU, existe una alta posibilidad de aplicarse la normativa de Comunidad Autónoma.
Casos particulares que pueden ocurrir
- Sucede mucho que hay personas que no son residentes de España, pero que aun así poseen bienes y patrimonios en el país. Existen casos como estos donde las personas por cualquier circunstancia de la vida fallecen siendo no residentes de España, pero ¿qué sucede con los bienes?
- Ya sea que se trate de un residente heredero o no, estos deberás liquidar cada uno de los tributos de los lugares en los que se encuentres los bienes que poseía el fallecido. Cada uno de los bienes tendrá valores y coeficientes distintos.
- Suponiendo que exista un heredero no residente de España y que además este no posea un documento fiscal válido y/o no tenga la nacionalidad española, este deberá optar por la ayuda de herramientas telemáticas o en su defecto, acudir a los servicios que los representantes acreditados para estos casos ofrecen. Es la única forma de liquidar los tributos correspondientes a la herencia.
Esta es una información básica y muy general. Lo mejor que puedes hacer si es que te encuentras en una situación de herencia y/o eres un heredero no residente es acudir a abogas y especialistas que se encargar de procesar este tipo de casos.
Ellos te estarán dando todo el apoyo y la asesoría que necesites. Recuerda que también puedes o no aceptar una herencia. Pero en caso que quieras aceptarla, tienes que asegurarte de estudiar el estado financiero y económico de tu testador a fin que no adquieras sus deudas en caso de tenerlas.